Sage responde: ser funcionario y empresarios y cotización de socios trabajadores


Siguiendo con nuestro apartado de Sage Responde, tenemos un par de consultas relativas a socios trabajadores y a la titularidad y administración de una empresa compatibilizando la actividad empresarial y funcionario.

Buenos dias, mi duda es la siguiente: Yo estoy trabajando en una empresa como contable, y por unas circunstancias queremos crear una empresa de limpieza, mi cuñado y yo. Ambos estamos trabajando, él es policia nacional y ninguno de los dos queremos dejar nuestro puesto de trabajo a corto plazo. Nuestras parejas son trabajadores tambien, enfermera y policia nacional respectivamente. ´Quien nos convendría que apareciese como titular de la misma?

Partimos de la premisa que la empresa que se quiere montar es una sociedad limitada y que la duda fundamental radica en la administración de la sociedad. Dado que ambos quieren mantener su trabajo, hay que analizar primero si tienen algún tipo de incompatilidad para dirigir una empresa y desempeñar el trabajo.

Para el caso del contable, la incompatibilidad estaría fijada si tiene alguna restricción impuesta por la empresa actual. Lo más normal es que no tenga ningún tipo de incompatibilidad y que pudiera actuar como administrador sin mayor problema.

Para el caso del policia, al ser funcionario o trabajador de la administración pública si tiene que tener en cuenta las hipotéticas incompatibilidades que pueda tener con el desempeño de actividades privadas. Existe una Ley de Incompatibilidades que se aplica a cargos electos y altos cargos de la administración pública. Además, en determinadas áreas de la administración pública, se paga un plus de exclusividad y se prohibe la realización de actividades análogas de manera privada.

Dado que no sabemos exactamente en qué situación laboral se encuentra el policia (y tampoco sabemos si es local o nacional) ni la enfermera, hay que comprobar previamente si en sus respectivos puestos de trabajo existe algún tipo de incompatibilidad.

En el supuesto que dicha incompatibilidad no exista, cualquiera de ellos puede ser el administrador de la empresa, siendo aconsejable que administra aquel que tenga la base de cotización más alta en su trabajo actual.

Socios trabajadores y accionistas de la empresa

La siguiente consulta solicita que aclaremos el régimen de cotización de cuatro socios trabajadores de una empresa, caso que amplía a esta primera consulta que resolvimos sobre la cotización de socios trabajadores.

Hola, quisiera saber que tipo de contrato necesitamos, 4 socios que hemos dividido el capital entre los 4 y seremos trabajadores de la misma empresa, y queremos saber que tipo de contrato necesitamos, y en que régimen estamos.

En este caso, cotizará en el Régimen de Autónomos obligatoriamente el administrador y el resto podrá escoger si cotiza en el régimen general o en autónomos. Podrá escoger porque en este formato de empresas, al no llegar al 33% del capital social cada uno y no existir vínculos. No obstante, si algún socio quisiera cotizar en autónomos, bastaría con que tuviera también la condición de administrador de la empresa. En este ejemplo, podría darse la circunstancia de que los cuatro socios fuesen también administradores y todos ellos cotizaran en autónomos.

Si quieres enviarnos tus dudas o tus problemas para que en Blog Sage te ayudemos, utiliza este formulario para contactar con nosotros

En Blog Sage | cotización de socios trabajadores.Sage Responde: cotización de socios trabajadores y pagos a administradores jubilados
Imagen | Stefan Baudy

Remo es licenciado en Química y LADE, relacionado con la dirección financiera y fiscal de empresas. Escribe habitualmente en los blogs Pymes y Autónomos y El Blog Salmón.

Puedes seguirlo en Twitter en @Remo_

Compartir en Facebook


Comentarios

  1. Comentario by Oihane — 3, febrero'11 09:59

    Buenos días,

    Mi consulta es la siguiente:
    Entre 4 personas (los cuatro estamos trabajando por cuenta ajena y la intención es no dejar el puesto de trabajo actual) queremos crear una empresa limitada(s.l.). He leído por internet que el administrador único tiene que ser autónomo. ¿Esto es verdad?
    Nuestra idea solo es ser socios, no cobraríamos nomina en esta nueva empresa, ¿se puede hacer esto?, o estamos obligados a tener nómina y cotizar en la nueva empresa?
    Mi consulta es que si tendríamos posibilidades de crear la empresa, como y que condiciones tendríamos que cumplir?
    Gracias,
    Oihane

  2. Comentario by Remo3, febrero'11 12:54

    Si, es cierto, el administrador único tiene que estar de manera obligatoria en autónomos

    No, no estáis obligados a tener nómina. Como socios capitalistas, aportais el dinero, recibís dividendos si los hay y tomáis decisiones en la Junta de Accionistas

    Condiciones para ser socios? Ninguna, es decir mayores de edad o autorizados por los tutores si sois menores. Cualquiera puede ser socio de una empresa como norma general salvo que por su trabajo tenga algún tipo de incompatibilidad u ostente un cargo público que le impida tener participación en una empresa por motivo de intereses comunes

  3. Comentario by Oihane — 8, febrero'11 17:02

    Gracias por tu respuesta Remo. Entonces, por lo que entiendo si creamos la empresa con socios capitalistas no se necesita administrador único y podríamos seguir trabajando por cuenta ajena y cotizando solo por cuenta ajena, ¿no?

    Mil gracias de nuevo.

    Oihane