¿Cuántos tipos de autónomos hay?

Dentro de la configuración empresarial de nuestra economía, los autónomos son el colectivo que más importancia tiene por su número, más de tres millones de afiliados, como por su capacidad generadora de empleo y aporte continuo al crecimiento económico de nuestro pais.
Pero un colectivo tan heterogéneo como los autónomos, crea diferencias importantes entre sus miembros, dado que como me gusta ejemplificar, no es lo mismo el autónomo que ostenta el cargo de consejero-delegado de una gran empresa que el autónomo que acaba de arrancar con su proyecto de autoempleo. Por estos motivos, vamos a dilucidar los distintos tipos de autónomos que nos podemos encontrar en nuestra economía.
¿Qué criterio seguir para clasificar a los autónomos?
A efectos de afiliación a la Seguridad Social, todos los autónomos son iguales. La cotización al RETA es obligatoria y sólo se establece una clasificación por el tipo de actividad que desempeña el autónomo. Como vemos, la mejor forma de clasificar este grupo es por la estructura fiscal y salarial que tiene cada autónomo bajo su mando.
El autónomo como administrador de sociedad mercantil
Todas las sociedades mercantiles requieren un administrador al frente de ellas o un consejo de dirección. El administrador societario puede ser persona física o jurídica, pero siempre que esta persona sea física, debe cotizar de manera obligatoria en autónomos.
Este autónomo no tiene trabajadores a su cargo y su retribución por las labores de dirección puede ser gratuita u onerosa. La sociedad que administra es la que dispone de los bienes materiales y humanos para llevar a cabo su actividad y a efectos prácticos, el autónomo administrador es más un formalismo legal que una figura que corra con el riesgo y ventura de la empresa, siempre y cuando se actúe en línea con la legislación mercantil y civil.
El autónomo empresario o profesional
El autónomo empresario es el autónomo verdadero, que tiene una figura de empresario para ordenar por sus propios medios actividades empresariales o profesionales. Este autónomo cuenta con una estructura empresarial más o menos pequeña, probablemente con trabajadores a su cargo y siempre debe tener abierto como mínimo un establecimiento público.
Este núcleo de autónomos son aquellos que antes o después terminan migrando sus medios humanos y materiales a estructuras mercantiles como entes con tributaciones más favorables y con mejores coberturas mercantiles, dado que la responsabilidad ilimitada del autónomo se limita a responsabilidad de la estructura empresarial constituida.
El falso autónomo, o el trabajador autónomo dependiente
Por último, el falso autónomo o trabajador autónomo dependiente es el autónomo que presta sus servicios casi en exclusiva para una sola empresa o tiene un cliente que le aporta al menos el 75% de sus ingresos.
Este falso autónomo puede contar con sus propios medios para desempeñar su labor, como puede ser un transportista cuyo vehículo sea propio o un periodista o profesional independiente cuyos medios principales de trabajo sean irrelevantes; por ejemplo un equipo informático o un telefono móvil.
Este falso autónomo es también la figura que se ha utilizado para camuflar multitud de contratos laborales mediante contratos mercantiles de legalidad más que dudosa dentro de empresas de tamaño medio y grande y por supuesto, este colectivo de falsos autónomos es el más numeroso. Puede darse el caso incluso que nos encontremos con autónomos en esta situación que tributen por los ingresos obtenidos como rendimientos del trabajo, por lo que nos encontraríamos ante la figura del autónomo laboral.
Autónomo empresario o autónomo trabajador
La disyuntiva fiscal que se le presenta a muchos autónomos que declaran sus ingresos como rendimientos del trabajo, por ejemplo profesionales del periodismo, arquitectura u otros; es qué situación fiscal les favorece más a efectos fiscales. En el caso de tributar como profesional por rendimientos del trabajo, los únicos gastos deducibles son la seguridad social y la reducción por rendimientos del trabajo, entre 2.262 euros y 4.800 euros (en función de los ingresos).
Dado que todos los autónomos pueden tener más gastos deducibles, todos aquellos cuya previsión de gastos deducibles, como transportes, comunicaciones, materiales… superen la reducción por rendimientos del trabajo, es decir, 2.262 euros si ingresamos más de 13.000 euros anuales, les interesará tramitar el alta correspondiente en la actividad empresarial.
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Imagen | Stefan Baudy
Remo es licenciado en Química y LADE, relacionado con la dirección financiera y fiscal de empresas. Escribe habitualmente en los blogs Pymes y Autónomos y El Blog Salmón.
Puedes seguirlo en Twitter en @Remo_






Comentario by Pep — 17, septiembre'10 11:09
Excelente información
Gracias!
Comentario by Remo — 17, septiembre'10 11:15
Gracias!!
Comentario by Mare — 18, septiembre'10 11:54
Excelente explicación Remo
Las condiciones leoninas que muchas empresas quieren aplicar a los TRADE, escudándose en la dependencia, pero aplicando criterios de contratación similarres a los de cuenta ajena (aunque los derechos del trabajador autónomo no vayan a ser los mismos que un trabajador contratado), serían buen objeto de tratamiento en un post…
Comentario by Pablo Herrero — 19, septiembre'10 10:50
Interesante apunte para aprender “culturilla general” del mundo de la pequeña empresa. Y muy interesante también la aclaración final de “Autónomo empresario o autónomo trabajador”. Me lo apunto
Comentario by fgg — 19, septiembre'10 22:54
Está todo muy bien explicado y correcto. Sólo Hecho de menos el AUTÓNOMO COLABORADOR: consiste en colaborar trabajando en el negocio del cónyuge.
Comentario by José A.B.C. — 23, septiembre'10 14:49
La explicación de Remo me parece estupenda, pero quisiera tu opinión sobre los pro y contras de estar encajado en uno u otro tipo de autonómo. gracias.
Comentario by Remo — 23, septiembre'10 15:05
Me lo anoto y lo tratamos en un post
Comentario by alcivar pérez — 24, septiembre'10 18:29
hola amigos, quiero que me informen por e-mail si es posible,
¿en que puede trabajar un aotónomo?
y si puede trabajar en lo que sea legalmente
puede emprender negocios de administración de personas.
por ejemplo:
ayudar a conseguir coches a la gente pero con fin de lucrativo no social.
Comentario by fgg — 24, septiembre'10 21:36
Para Alcivar Pérez.
Cualquier persona que trabaje tiene que encuadrarse en algún tipo de seguro. Si este trabajo no lo realiza como empleado de alguna empresa, estamos ante la figura del trabajador autónomo.
Como bien ha explicado Remo, hay varias formas de trabajar como autónomo:
El autónomo como administrador de sociedad mercantil
El autónomo empresario o profesional
El falso autónomo, o el trabajador autónomo dependiente
El Autónomo colaborador de otro autónomo (cónyuges)
Respondiendo a tu consulta, si se pretende realizar un trabajo por cuenta propia, consistente en localizar coches a la gente con ánimo de lucro, es decir, cobrando por tal actividad, tenemos que presentar el alta en Hacienda y después el alta en la Seguridad Social como trabajador AUTÓNOMO.
Todo esto en cualquiera de las modalidades a que te refieras con lo de ayudar a localizar coches: cobrando comisiones por la venta, prestando el servicio a terceros, compra venta de coches, etc. etc.
Un saludo.
fgg.