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Archivo para la categoría ‘Contabilidad, fiscalidad y laboral’

Las nuevas condiciones de trabajo de los empleados de hogar

El Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, regula las nuevas condiciones laborales de los empleados del hogar familiar. Reconociendo como especial la relación entre los empleadores y los empleados del servicio doméstico, que hasta ahora venían cotizando en el régimen especial de empleados de hogar, esta nueva regulación establece una serie de medidas que buscan la convergencia de ése régimen especial con el régimen general de la Seguridad Social.

Lo que hace esta nueva legislación es establecer mayores y mejores derechos de los trabajadores, introducir una mayor estabilidad en el empleo y la puesta en marcha de unos mecanismos de transparencia para evitar la discriminación en el acceso al empleo y en las obligaciones del empleador en materia de información al empleado de hogar respecto a las condiciones de trabajo.

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Sage Responde: socios que no cotizan y socios jubilados

En nuestra sección de Sage Responde atendemos esta vez a dos consultas que tratan temas relacionados con las actividades de las sociedades mercantiles y la relación con la Seguridad Social de sus socios.

En el primer caso analizamos cuándo deben cotizar a la Seguridad Social los socios de una S.L. por su propia condición de socios de la empresa. En el segundo caso vemos que pasa con un socio que se jubila y lo que puede o no hacer dentro del negocio.

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Sage Responde: socios en comunidades de bienes


Dentro de nuestro apartado de Sage Responde, vamos a ver hoy la casuística de las cotizaciones en autónomos de los socios de una comunidad de bienes o comuneros. LA consulta que nos ha llegado dice lo siguiente:

¿Tiene que estar dado de alta en RETA y pagar a la seguridad social una persona que posea un 99% de una Comunidad de Bienes (CB)y trabaje por cuenta ajena en otra empresa en la que está cotizando en el Regimen General por el máximo?

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Los días en los que Hacienda no enviará notificaciones telemáticas

Ya os hablamos en su día del sistema de notificaciones telemáticas que la Agencia Tributaria ha instaurado y que es obligatorio para todas las empresas. La puesta en marcha del reglamento que rige el funcionamiento de este nuevo sistema establece la posibilidad de que los contribuyentes obligados a utilizarlo puedan elegir unos días en los que Hacienda no enviará notificaciones telemáticas.

Esta especie de vacaciones o días de cortesía sólo afectan a las comunicaciones a enviar a la Dirección Electrónica Habilitada (DEH) en los días señalados como inhábiles por el contribuyente y, en nigún caso, se tendrán en cuenta a la hora de interrumpir plazos en las notificaciones enviadas con anterioridad.

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Qué hacer para evitar la incompatibilidad laboral con la Administración Pública


Dentro de las dudas que nos llegan en Sage Responde, nos habéis dejado un comentario que nos pide consejo para poder seguir ejerciendo una actividad profesional en el caso de desempeñar una actividad laboral ligada a cualquier administración pública.

Tal y como comentamos en este post, muchos trabajos desempeñados por funcionarios o personaol laboral adscrito a la administración pública tienen pacto de exclusividad por lo que se impide el desempeño de una actividad de carácter privado de manera simultánea. La consulta que nos habéis dejado expone lo siguiente:
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La valoración de existencias en el cierre del ejercicio económico

Valoración-de-existencias

Siguiendo con la serie de entradas sobre el cierre del ejercicio económico, hoy vamos a tratar el tema de la valoración de existencias. Al finalizar el ejercicio económico hemos de comprobar que todas las existencias registradas en nuestro sistema de información coinciden con el recuento físico de las que tenemos en nuestra empresa, sin olvidarnos de contemplar las que hayamos cedido en depósito, si es el caso.

Tendremos que dar de baja aquellas que no resulten aptas para su venta, por encontrarse deterioradas, obsoletas o caducadas, si es que se trata de productos perecederos. Realizada esta depuración, las existencias se valorarán por su coste, bien por el precio de adquisición o el coste de producción.

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Cómo aplicar un embargo de nómina de un trabajador


En la situación económica actual, muchos de los trabajadores tienen una serie de problemas económicos importantes y en algunos casos, se producen embargos en sus nóminas, bien por parte de procedimientos judiciales, bien por parte de organismos públicos con los que tengan algún tipo de deuda.

El caso es que el aumento de embargos sobre sueldos y salarios es una realidad cada dia y las empresas ven cómo se encuentran obligadas a practicar un embargo sobre la nómina.
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Cálculo de amortizaciones desde cero

Amortizaciones

Una de las tareas más importantes del cierre del ejercicio contable es la verificación del inmovilizado material, el intangible y las inversiones inmobiliarias, así como sus amortizaciones. Siguiendo con nuestra serie de entradas sobre el cierre del ejercicio, hoy vamos a hablar en el blog sobre las amortizaciones.

Antes de calcular las amortizaciones es fundamental verificar que todo el inmovilizado registrado en nuestro sistema contable está en orden, es decir, que no sobra ni falta ningún elemento. Tan pronto como hayamos finalizado la depuración de nuestro registro de inmovilizado ya estamos en condiciones de iniciar el proceso de cálculo de amortizaciones.

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Cómo funciona la devolución mensual del IVA

El Real Decreto 2126/2008 (PDF), de 26 de diciembre, modifica el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido y regula la creación del registro de devolución mensual del IVA, el procedimiento para que las empresas puedan realizar la inscripción en dicho registro y el funcionamiento del sistema.

Tiene acceso a este sistema la gran mayoría de los sujetos pasivos que deban tributar por el IVA, antes sólo era posible para las empresas exportadoras, y su utilización es voluntaria.

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La regla de la prorrata en el IVA

La regla de la prorrata es un ajuste que ha de realizarse en la declaración de IVA en los casos en los que el sujeto obligado a presentar la declaración realice simultaneamente actividades económicas sujetas a IVA y actividades no sujetas o exentas.

Dicho ajuste pretende que el porcentaje de IVA a deducir por estos obligados se corresponda con el porcentaje de ingresos sujetos al impuesto con respecto a los no sujetos.

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